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La Fiscalía pide al Supremo levantar la suspensión del censo de la ley de nietos para las elecciones generales del 29-N

El Ministerio Público solicita al Tribunal Supremo que no revise los expedientes de la ley de nietos durante este proceso electoral y permita votar a los nacionalizados.

Caricatura de un juez o magistrado con peluca mirando hacia abajo, simbolizando decisiones judiciales sobre el censo electoral.

La petición de la Fiscalía al Tribunal Supremo ante la ley de nietos elecciones

La Fiscalía ha solicitado formalmente al Tribunal Supremo que sopeses la posibilidad de no revisar el censo de la denominada ley de nietos de cara a las próximas elecciones generales del 29 de noviembre. Este movimiento del Ministerio Público se produce en respuesta al trámite de alegaciones abierto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que dio un plazo de 48 horas a las partes antes de resolver sobre las medidas cautelares que actualmente mantienen paralizada la inscripción de miles de electores en el censo.

En la práctica, la posición de la Fiscalía implica un respaldo al levantamiento de la suspensión cautelar, permitiendo así que los ciudadanos nacionalizados bajo el marco de la normativa de memoria democrática puedan ejercer su derecho al sufragio en los comicios generales. El posicionamiento de los fiscales se alinea en esta línea con la postura defendida previamente por la Abogacía del Estado, que también solicitó al alto tribunal que permitiese votar a todos los afectados ante la imposibilidad material de realizar revisiones individualizadas caso por caso antes de la cita electoral.

La controversia procesal se intensifica debido a la urgencia de los plazos temporales. Con el adelanto de los comicios al 29 de noviembre, los plazos administrativos se han comprimido de forma notable, lo que ha llevado al Ministerio Público a intervenir activamente para clarificar el escenario en el que se desenvolverán los electores residentes en el extranjero. La participación de la Fiscalía subraya la complejidad jurídica de un procedimiento que afecta de manera directa a los derechos políticos fundamentales reconocidos en el ordenamiento jurídico español.

Incompatibilidades y plazos administrativos ante el cierre del censo

El argumento central esgrimido por el Ministerio Fiscal radica en las serias dificultades técnicas y legales que genera el adelanto electoral sobre el calendario administrativo. Según se detalla en el escrito presentado ante el Tribunal Supremo, la normativa establece que el censo aplicable para los comicios queda cerrado formalmente, con mínimas opciones de modificación ordinaria, lo que choca directamente con la ejecución de un auto judicial que ordene una depuración constante de altas.

La Fiscalía advierte de que mantener activas las medidas cautelares podría provocar una suspensión continuada y progresiva de inscripciones desde este momento y hasta la celebración de las elecciones, generando un escenario de incertidumbre jurídica. Por este motivo, el organismo ha sugerido a la Sala que valore la alteración del contexto de intereses en conflicto debido al adelanto de los comicios, priorizando la estabilidad del proceso y solicitando asimismo que se garantice el derecho de personación a las personas afectadas para que puedan defender sus intereses jurídicos.

Asimismo, los representantes fiscales han puesto de relieve que la revisión individualizada de los expedientes de nacionalidad en un plazo tan breve resulta prácticamente inviable sin distorsionar el normal desarrollo del proceso electoral. Este análisis técnico sobre la imposibilidad material de aplicar los filtros pretendidos por los recurrentes constituye uno de los pilares fundamentales de las alegaciones presentadas ante el alto tribunal.

Antecedentes de las medidas cautelares y los recursos judiciales

La controversia legal sobre la ley de nietos elecciones surge a raíz de los recursos interpuestos por formaciones políticas como Vox y entidades como Iustitia Europa, que impugnaron la instrucción gubernamental que facilita la inscripción de los descendientes de españoles exiliados. Los recurrentes argumentaron que el incremento extraordinario de electores residentes en el extranjero, integrados en el Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA), podría comprometer la transparencia y la confianza en los resultados electorales.

Como respuesta a dichas demandas, el alto tribunal dictó inicialmente un auto de medidas cautelares que suspendió la inclusión de estos nuevos nacionalizados en el censo electoral, abriendo un frente de debate jurídico sobre los derechos fundamentales de participación política. Mientras las organizaciones impulsoras de los recursos sostienen la necesidad de blindar la legalidad de los listados, los informes de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía recalcan que las trabas procesales actuales amenazan con excluir de la participación democrática a un colectivo que ya ha obtenido formalmente la nacionalidad española.

El debate procesal continúa abierto mientras se espera que la Sala de lo Contencioso-Administrativo se pronuncie de manera definitiva sobre el levantamiento de las medidas cautelares antes de que se produzca el cierre definitivo de los listados electorales, un hito que marcará de forma decisiva la participación de los ciudadanos en la cita con las urnas.

Fuentes consultadas

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