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Solo 901 nacionalizados por la ley de nietos acreditan el exilio para votar el 29-N

El Gobierno entrega al Tribunal Supremo la lista con 163.355 inscritos por la ley de nietos, de los que únicamente 901 podrán votar en los comicios del 29-N.

Fotografía editorial que muestra a tres ministros del Gobierno español sentados en el Congreso de los Diputados, destacando Félix Bolaños en el centro y José Manuel Albares a la izquierda.

Entrega de la lista de nacionalizados al Tribunal Supremo

El Gobierno ha cumplido este miércoles con el ultimátum fijado por el Tribunal Supremo al remitir la documentación detallada sobre los procesos de nacionalización vinculados a la denominada ley de nietos, en el marco de la Ley de Memoria Democrática. Los ministerios de Justicia y de Asuntos Exteriores han entregado la relación nominal que recoge a un total de 163.355 ciudadanos inscritos, respondiendo así a la exigencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal.

La remisión de este censo se produce después de que los magistrados impusieran un plazo estricto que expiraba a las tres de la tarde, bajo la advertencia expresa de imponer multas y deducir testimonio por posibles responsabilidades a los ministros Félix Bolaños y José Manuel Albares en caso de incumplimiento. Desde el Ejecutivo se ha destacado el esfuerzo de coordinación desarrollado por el departamento de Exteriores con las diferentes oficinas consulares para revisar los expedientes a tiempo.

Por su parte, la Abogacía del Estado ha solicitado formalmente a la Sala Tercera que declare el listado como reservado, debido a que incluye datos sensibles de carácter personal. El objetivo de esta petición es evitar que Vox y el partido extraparlamentario Iustitia Europa, partes personadas en el procedimiento al haber llevado el CERA al alto tribunal, puedan hacer un uso malicioso o ilegítimo de dicha información.

Restricciones en el derecho al voto y acreditación del exilio

La consecuencia principal de este procedimiento es que una parte muy importante de los 163.355 nacionalizados verá suspendido su derecho al sufragio en las elecciones previstas para el próximo 29 de noviembre, dando cumplimiento a las medidas cautelares adoptadas por el tribunal el pasado mes de septiembre. No obstante, el Supremo estableció una vía excepcional para salvaguardar el derecho de participación de aquellos descendientes que cumplan estrictamente con los requisitos legales originales.

Para evitar la vulneración del derecho al voto, el alto tribunal permitió la participación de aquellas personas sobre las cuales los encargados de los Registros Consulares expidiesen una certificación acreditativa. Esta debe certificar su condición de nacidos fuera de España, de padre, madre, abuelo o abuela que originariamente hubieran sido españoles, y que hubieran sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual, habiendo perdido o renunciado a la nacionalidad española.

Según los informes remitidos al tribunal —incluidos los de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y del Instituto Nacional de Estadística—, hasta la fecha indicada se habían revisado 31.390 expedientes, de los cuales se habían expedido únicamente 91 certificados iniciales, elevándose finalmente la cifra global de acreditados a 901 personas en todo el proceso coordinado por las oficinas consulares.

El ultimátum judicial y los datos del Ministerio de Justicia

El conflicto procesal se originó a raíz de las medidas cautelares dictadas el pasado mes de septiembre, fecha desde la cual la administración ha debido recopilar, contrastar y depurar la información censal disponible. Ante el requerimiento judicial, los departamentos ministeriales han volcado los datos correspondientes a los registros habilitados para tramitar estas solicitudes de nacionalidad.

En paralelo, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ya envió a la Oficina del Censo Electoral el pasado 15 de octubre el listado de 76.600 personas que constaban en el Registro Civil digital (DICIREG) como nacionalizadas de acuerdo con los supuestos de la Ley de Memoria Democrática, constituyendo la información inicial de su competencia.

Mientras tanto, el control exhaustivo ejecutado por las autoridades diplomáticas y consulares ha reducido drásticamente el volumen de electores habilitados, limitando la participación efectiva de los descendientes en los próximos comicios a este reducido grupo que ha podido demostrar de forma fehaciente el exilio de sus antepasados conforme al marco legal exigido por el Tribunal Supremo.

Fuentes consultadas

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