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El Gobierno otorga un periodo transitorio hasta 2031 a los centros de datos con nuevas exigencias energéticas

El Ejecutivo remite al Consejo de Estado la nueva norma para los centros de datos exigencias energeticas, elevando el umbral a 10 MW y ofreciendo margen hasta 2031 a cambio de aceptar condiciones de desconexión.

Pasillo central entre filas de armarios de servidores y equipos de redes en un centro de datos industrial, con cableado estructurado y luces indicadoras LED.

El Gobierno ha remitido al Consejo de Estado la última versión del real decreto que regula la instalación y el funcionamiento de las infraestructuras digitales en el país, introduciendo un marco que afecta directamente a los centros de datos exigencias energeticas. Tras analizar las más de 600 alegaciones presentadas y el informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) al borrador inicial de agosto, el Ejecutivo ha optado por flexibilizar algunos parámetros de entrada pero endureciendo las obligaciones medioambientales a largo plazo. La medida principal concede un periodo transitorio de hasta cinco años, prolongándose hasta el 31 de diciembre de 2031, para que determinadas instalaciones se adapten de forma progresiva a los exigentes requisitos de abastecimiento renovable y eficiencia.

Esta normativa busca consolidar a España como un enclave estratégico para la inversión tecnológica sin saturar la red eléctrica ni tensionar los recursos hídricos locales. Según los datos de la asociación sectorial SpainDC, el sector contaba a finales de 2025 con cerca de un centenar de centros comerciales y una potencia instalada de 439 MW, un 24% más que el ejercicio anterior, con previsiones de alcanzar los 2.537 MW en 2030 y movilizar hasta 66.900 millones de euros en inversiones. No obstante, el equilibrio entre el crecimiento digital y la protección de los suministros básicos ha forzado al Ministerio para la Transición Ecológica a modular los umbrales de aplicación.

Un periodo transitorio hasta 2031 para cumplir los requisitos

El núcleo de la modificación remitida al Consejo de Estado radica en la implantación de un régimen transitorio que se extenderá hasta 2031. Esta moratoria temporal responde a las alegaciones del sector y permite que las empresas puedan cumplir de forma gradual con las complejas demandas de correlación horaria entre la generación renovable y su consumo real de electricidad. Con esta flexibilización, el Ejecutivo pretende que los inversores dispongan de un margen razonable para planificar sus infraestructuras sin renunciar a los objetivos climáticos marcados a escala nacional y comunitaria.

Para acogerse a este calendario de adaptación, los titulares de las instalaciones deberán asumir una serie de contrapartidas operativas muy estrictas. Entre ellas destaca la obligación de someterse a posibles cortes de suministro y aceptar condiciones de desconexión anticipada de la red eléctrica en los momentos de mayor tensión en el sistema, lo que redefine la seguridad de funcionamiento habitual de estas grandes instalaciones de almacenamiento y procesamiento de información.

Requisitos de energía renovable y umbral de aplicación

El real decreto experimenta una modificación sustancial respecto al perímetro de aplicación inicial. Si el borrador barajaba someter la normativa a cualquier centro de acceso igual o superior a 1 MW, la versión definitiva elevada al órgano consultivo acota el radio de acción exclusivamente a aquellos proyectos de 10 MW o más. De este modo, la exigencia recae sobre infraestructuras de gran envergadura y con mayor músculo financiero para afrontar las inversiones necesarias.

En paralelo, se mantiene la directriz de que al menos el 80% del suministro eléctrico proceda de fuentes renovables, introduciendo además el principio de correlación horaria. Las empresas deberán certificar que la electricidad limpia asociada a su actividad coincide temporalmente con las horas en las que operan sus servidores, evitando la dependencia exclusiva de los balances anuales. Para facilitar esta transición, se amplía de 18 a 36 meses la antigüedad máxima de las instalaciones renovables vinculables y se reduce de 10 a seis años la duración mínima de ciertos contratos PPA de adquisición de energía a largo plazo.

Condiciones de desconexión y participación en el sistema eléctrico

Uno de los aspectos más controvertidos del texto remitido por el Gobierno es la integración de los centros de datos en los mecanismos de gestión de demanda. Aunque las instalaciones deberán cumplir los requisitos técnicos para participar en el Sistema de Reducción Automática de Potencia (SRAP) —especialmente durante las franjas nocturnas de precios elevados y picos de consumo—, lo harán sin percibir retribución económica a cambio, a diferencia de lo que ocurre con las grandes industrias tradicionales.

Asimismo, los centros se configurarán como el primer eslabón en ser desconectado de la red en situaciones de emergencia o necesidad del sistema eléctrico. Por otro lado, debido al escenario de precios cero o negativos registrados durante las horas centrales del día por el auge fotovoltaico, la normativa establece que toda la energía solar incorporada al proyecto se considerará adicional, incluso aunque proceda de instalaciones ya operativas que superen el límite tradicional de los 36 meses.

Eficiencia, consumo de agua y condiciones de desconexión

Además de la vertiente eléctrica, el real decreto incide de forma severa en la sostenibilidad ambiental mediante el control de la eficiencia energética y el uso del agua. En el primer apartado, el texto amplía transitoriamente de 1,15 a 1,25 el margen del indicador PUE para aquellos centros que formalicen su contrato de acceso a la red antes de 2029, permitiendo alcanzar el objetivo estricto de eficiencia antes del cierre de la moratoria en diciembre de 2031.

En materia hídrica, la refrigeración masiva de los servidores obliga a cumplir estrictos niveles de etiquetado europeo relativos al consumo de agua, conocidos como el indicador WUE. El Ministerio de Transición Ecológica fijará una metodología adaptada a las diferentes zonas climáticas del país para garantizar que el gasto hídrico se reduzca al mínimo imprescindible. Por último, fuentes del Gobierno recuerdan que se mantiene inalterado el principio de soberanía digital y resiliencia: cualquier centro de datos que no garantice que los datos de los ciudadanos europeos permanecen en la Unión y controle el acceso de terceros perderá automáticamente su derecho de acceso a la red eléctrica.

Fuentes consultadas

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