El fin de la IA como simple decisión técnica en las empresas
La inteligencia artificial ha dejado de ser exclusivamente una cuestión de productividad para transformarse en una estricta obligación legal. Desde el pasado 2 de agosto, la entrada en vigor de una parte central del primer reglamento europeo de inteligencia artificial marca un punto de inflexión para organizaciones que operan en múltiples sectores, alcanzando también a aquellas compañías que no se consideran tecnológicas. Según explica Raúl Florido, abogado especializado en protección de datos y nuevas tecnologías de Sarabia Tax & Legal, esta normativa exige revisar minuciosamente qué sistemas se utilizan y con qué finalidad exacta.
El contexto normativo actual demuestra que la tecnología avanza con una velocidad vertiginosa, pero las exigencias jurídicas lo hacen de manera paralela. Las empresas deben comprender que el uso cotidiano de aplicaciones automatizadas conlleva responsabilidades directas que ya no pueden soslayarse ni delegarse por completo en terceros.
¿A qué empresas afecta el nuevo reglamento?
Uno de los malentendidos más frecuentes en el tejido empresarial es pensar que esta legislación solo concierne a los desarrolladores o grandes creadores de software avanzado. Sin embargo, el alcance del marco comunitario es mucho más amplio: afecta directamente a cualquier organización que utilice estas tecnologías en su operativa habitual.
Bajo este prisma, una pyme o gran compañía que recurra a un asistente automatizado para redactar documentos, un chatbot de atención al cliente o una herramienta digital orientada a la selección de personal queda plenamente sometida a la norma. La responsabilidad legal recae sobre el usuario del sistema, independientemente de que la herramienta haya sido diseñada y comercializada por un proveedor externo.
Clasificación de riesgos y deberes de transparencia
El texto legal categoriza los usos de la tecnología según el nivel de riesgo que entrañan para los ciudadanos y las propias organizaciones. En la cúspide se sitúan aquellas aplicaciones que conllevan prohibiciones directas, seguidas de los sistemas de alto riesgo, los cuales se enfrentan a exigencias normativas notablemente más rigurosas. La gran mayoría de las herramientas cotidianas se encuadran en los niveles de riesgo limitado o mínimo.
No obstante, la diferenciación práctica resulta fundamental. Por ejemplo, la automatización aplicada a los departamentos de Recursos Humanos para evaluar candidatos puede considerarse de alto riesgo, incluso cuando la decisión final sea tomada por una persona física. En paralelo, la transparencia en inteligencia artificial impone que cualquier persona que interactúe con un sistema automatizado —como un chatbot o una centralita telefónica— deba ser informada de que se comunica con una máquina y no con un humano. Lo mismo aplica para determinados contenidos generados de forma artificial.
Obligación de formación y plazos ante el Ómnibus Digital
Otro de los pilares fundamentales es la exigencia de capacitación. El marco europeo estipula que aquellos empleados que utilicen o supervisen estas herramientas deben disponer de conocimientos suficientes acerca de su funcionamiento, riesgos asociados y pautas para un uso responsable. Esta medida, exigible desde febrero de 2025, no requiere un título oficial, sino una formación proporcional y demostrable al nivel de uso real de la compañía.
En cuanto al calendario, el denominado Ómnibus Digital, que ya cuenta con el visto bueno del Parlamento y del Consejo, aplaza las obligaciones específicas de alto riesgo hasta diciembre de 2027. Sin embargo, este respiro temporal es limitado: las prácticas prohibidas, los deberes de transparencia y la formación mantienen sus plazos vigentes. En España, la supervisión corre a cargo de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial, con un régimen sancionador que contempla multas muy elevadas calculadas como un porcentaje de la facturación global en los casos más graves.
